/ lunes 13 de mayo de 2024

Entra en vigor Programa de Autogestión en Seguridad y Salud en el Trabajo

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) detalla que cualquier centro de trabajo se puede incorporar de manera voluntaria al PASST

La actualización de los Lineamientos Generales de Operación del Programa de Autogestión en Seguridad y Salud en el Trabajo (PASST), que garantizan los derechos de las personas trabajadoras en dichas materias entre en vigor este lunes, 13 de mayo.

Este programa promueve que las empresas instauren y operen Sistemas de Administración en Seguridad y Salud en el Trabajo, con la corresponsabilidad de empleadores y trabajadores, a partir de estándares nacionales e internacionales.

Se busca favorecer el cumplimiento permanente de la normatividad de seguridad y salud en el trabajo vigente.

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) detalla que cualquier centro de trabajo se puede incorporar de manera voluntaria al PASST, siempre que cuente con recursos y capacidad para instrumentar un Sistema de Administración en Seguridad y Salud en el Trabajo.

De manera prioritaria, aquellos establecimientos que cuenten con 30 trabajadores o más, cuyas actividades económicas sean de alta propensión a los accidentes, siniestros o riesgos.

Los centros de trabajo que se incorporen a este programa no serán objeto de inspecciones ordinarias de seguridad y salud en el trabajo, excepto en los casos previstos por los presentes lineamientos.

Informa la STPS, que las incorporaciones y modificaciones más relevantes que deben atender los centros de trabajo inscritos en el programa son:

La actualización del compromiso voluntario y el registro en este programa. Es un requerimiento para la incorporación de los centros de trabajo al PASST estar inscrito en el Programa de Verificación Laboral Voluntaria (VELAVO), así como la comprobación de este registro.

Este programa deberá aplicarse por centro de trabajo. Se considera que es de manera voluntaria a las empresas que realicen servicios especializados en su espacio laboral, que no formen parte del objeto social, ni de la actividad económica preponderante.

También las empresas tienen la obligación de mantener actualizada la base de datos del Directorio Nacional de Empresas (DNE), a caro de las Oficinas de Representación Federal del Trabajo.

Son las Direcciones de Coordinación Regional, las encargadas de coordinar la operación del PASST en las Oficinas de la Representación Federal del Trabajo, adscritas a su área de atención, para mejorar el servicio y puntualidad en el proceso de inscripción al programa.

Todas las dudas se atienden en previsionsocial@stps.gob.mx y en dgsst@stps.gob.mx

La actualización de los Lineamientos Generales de Operación del Programa de Autogestión en Seguridad y Salud en el Trabajo (PASST), que garantizan los derechos de las personas trabajadoras en dichas materias entre en vigor este lunes, 13 de mayo.

Este programa promueve que las empresas instauren y operen Sistemas de Administración en Seguridad y Salud en el Trabajo, con la corresponsabilidad de empleadores y trabajadores, a partir de estándares nacionales e internacionales.

Se busca favorecer el cumplimiento permanente de la normatividad de seguridad y salud en el trabajo vigente.

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) detalla que cualquier centro de trabajo se puede incorporar de manera voluntaria al PASST, siempre que cuente con recursos y capacidad para instrumentar un Sistema de Administración en Seguridad y Salud en el Trabajo.

De manera prioritaria, aquellos establecimientos que cuenten con 30 trabajadores o más, cuyas actividades económicas sean de alta propensión a los accidentes, siniestros o riesgos.

Los centros de trabajo que se incorporen a este programa no serán objeto de inspecciones ordinarias de seguridad y salud en el trabajo, excepto en los casos previstos por los presentes lineamientos.

Informa la STPS, que las incorporaciones y modificaciones más relevantes que deben atender los centros de trabajo inscritos en el programa son:

La actualización del compromiso voluntario y el registro en este programa. Es un requerimiento para la incorporación de los centros de trabajo al PASST estar inscrito en el Programa de Verificación Laboral Voluntaria (VELAVO), así como la comprobación de este registro.

Este programa deberá aplicarse por centro de trabajo. Se considera que es de manera voluntaria a las empresas que realicen servicios especializados en su espacio laboral, que no formen parte del objeto social, ni de la actividad económica preponderante.

También las empresas tienen la obligación de mantener actualizada la base de datos del Directorio Nacional de Empresas (DNE), a caro de las Oficinas de Representación Federal del Trabajo.

Son las Direcciones de Coordinación Regional, las encargadas de coordinar la operación del PASST en las Oficinas de la Representación Federal del Trabajo, adscritas a su área de atención, para mejorar el servicio y puntualidad en el proceso de inscripción al programa.

Todas las dudas se atienden en previsionsocial@stps.gob.mx y en dgsst@stps.gob.mx

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