León, Gto.- La ampliación del plazo de la subcontratación laboral (outsourcing) se debe a que las plataformas que se tienen para el llenado de las formas para el registro de las empresas en la Secretaría del Trabajo y Previsión Social están saturadas porque las empresas de la República Mexicana y en este caso específicamente en León tratan de cumplir con el registro, además de otros retrasos en los trámites que se tienen que cumplir, pero las autoridades competentes no tienen el personal suficiente para atenderlos y dar agilidad a los mismos, declaró el presidente del Colegio de Contadores Públicos de León Juan Gabriel Villalobos.
Indicó que todo lo de la subcontratación laboral con la reforma que hubo el pasado mes de abril, se quedó en que se iban a registrar todas estas empresas en la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, por lo que había una saturación importante del registro de las empresas, para cumplir con todos los requisitos que están pidiendo ahora de que todo de lo outsourcing por todas esas prácticas inapropiadas que se llevaban a cabo, ahora ya lo va a controlar la Secretaría de Trabajo y Previsión Social.
Entonces las empresas de outsourcing tenían que emigrar a todos sus trabajadores, para que quedarán registrados debidamente en las empresas que eran subcontratados o en si las empresas que van a dar servicios de subcontratación laboral por ser un trabajo especializado tienen que estar registradas en la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
Debido a que todas las empresas interesadas quieren cumplir con los requisitos esta plataforma estaba saturada en la Secretaría del Trabajo, Así un diputado de un partido político sugirió que se ampliara el plazo para el registro de todas estas empresas que dan un trabajo especializado, entonces se dio este plazo, porque realmente la página de la Secretaría del Trabajo estaba completamente saturada, es la razón principal por la cual se está ampliando este plazo.
Aparte hay ciertas inquietudes de ciertas empresas que se preguntan si tienen que estar registradas o no, entonces esta es la situación especial por la que se está dando esta ampliación de plazo.
Son tantas empresas que se quieren registrar y no lo pueden hacer por la saturación de la página, para llenar los requisitos de la plataforma externó Juan Gabriel Villalobos.
Comentó que ya cualquier empresa que requiera de un trabajo especializado, estas empresas deben de tener este registro en la Secretaría del trabajo.
Nosotros como Colegio estamos de acuerdo que se reglamente lo de la subcontratación porque ya se estaba dando una distorsión muy importante, en cuanto a la generación del servicio entonces en esa situación, había un abuso en la prestación de este servicio donde no se estaba dando realmente la materialidad de la operación, a que me refiero con esto, esta materialidad de la operación se refiere a que el servicio se estaba dando o no, unas empresas que contratan ese servicio de subcontratación trataban en su momento de evadir el pago de los impuestos, si es que ellos tuvieran realmente registrados a sus trabajadores, por todo eso, el gobierno federal llevó a cabo esta Reforma y considero que es en beneficio de todos los trabajadores.
Además las empresas manifestaron los siguientes contratiempos por los que se decidió discutir las posturas de las empresas de la subcontratación.
- 1.- No hay coordinación entre la STPS, el IMSS, el SAT y el Infonavit respecto a la emisión de las opiniones de cumplimiento requeridas, pues la información compartida entre las dependencias está desactualizada en ocasiones.
- 2.- Si la opinión de cumplimiento es negativa, es difícil aclarar el motivo, pues las autoridades se encuentran laborando con poco personal.
- 3.- Las constancias de no adeudo del Infonavit están tardando mucho en ser emitidas.
- 4.- En el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (Repse) de la STPS no se pueden distinguir los servicios u obras especializadas de los servicios complementarios compartidos por empresas del mismo giro.
- 5.- No hay criterios definidos para diferenciar entre los servicios que deben registrarse en el REPSE y los que no, al considerarse de naturaleza mercantil o civil esto satura el sistema.
- 6.- Respecto a la baja de los registros patronales por clase del IMSS, requerido para la transferencia patronal, no hay excepciones relativas a los trabajadores discapacitados, que no pueden ser dados de baja mientras estén discapacitados.
- 7.- Al hacer la sustitución patronal en persona se requieren más datos que los que se piden al hacer el trámite en línea.
- 8.- La sustitución patronal también debe hacerse ante el Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores (Fonacot), pero el Instituto no fue considerado en la reforma.
- 9.- Hay muy pocas citas en el SAT, lo que entorpece la renovación de la e-firma.
- 10.- Las empresas recién creadas han recibido opiniones negativas por no tener historial.