León, Gto.- (OEM-Informex).- El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) ofrece la opción a sus derechohabientes para que puedan dar de alta a personas de su familia, con el fin de que puedan también ser atendidos ahí.
Todo trabajador debe ser dado de alta en el IMSS y tiene derecho a dar de alta a beneficiarios, pero ¿a quiénes se les puede registrar en el IMSS?
La institución permite añadir beneficiarios ante el IMSS, pero solo si se trata de personas directamente relacionadas con el derechohabiente, por ejemplo, las y los hijos, esposa, esposo, concubino o concubina, y los padres.
En el caso de hijos e hijas, algunos cuentan ya con IMSS al estudiar y ser dados de alta de manera automática. Sin embargo, también se puede solicitar una prórroga por estudios para hijos e hijas mayores de 16 años que estudian en escuelas del Sistema Educativo Nacional.
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¿Cómo registro a un familiar en el IMSS?
Al momento de registrar a tu familiar en el IMSS, tienes dos opciones. Puede registrarlo en línea a través de la página, o en una clínica o Unidad de Medicina Familiar (UMF) que corresponda con tu residencia. Debes presentar toda la documentación en la ventanilla en un horario de 8 de la mañana a 7:30 de la tarde.
¿Cómo registrar a mi familia ante el IMSS por Internet?
De acuerdo al sitio oficial del IMSS, para registrar, dar de baja y/o modificar los datos de tu familia o beneficiarios ante el IMSS por internet, necesitarás entrar al sitio www.imss.gob.mx/imssdigital.
- Registrarte en el Escritorio Virtual
- Firma Electrónica Avanzada (FIEL)
- Tu CURP
- CURP de tu beneficiario(a)
- Correo electrónico personal
Una vez en el escritorio virtual, solo debe seleccionar el procedimiento de alta del beneficiario e ingresar los datos que te pedirá el formulario, deberás ingresar tu FIEL para “firmar”.
Si aún no te has registrado en esta plataforma, te recomendamos que lo hagas. Desde ahí puedes realizar una serie de trámites con el IMSS vía internet sin tener que moverte de tu casa o lugar de trabajo.
Registro en UMF
Si prefieres hacer el trámite en persona, se necesita lo siguiente:
Asegurada(o) o Pensionada(o):
- Identificación oficial
- Número de Seguridad Social
- CURP
- Fotografía Infantil
- Comprobante de domicilio
Esposa(o):
- Identificación oficial
- Número de Seguridad Social
- CURP
- Fotografía Infantil
- Comprobante de domicilio
- Acta de matrimonio
Concubina(o):
- Identificación oficial
- Número de Seguridad Social
- CURP
- Fotografía Infantil
- Comprobante de domicilio
- Acta de nacimiento (en caso de existir hijos en común)
Padres:
- Identificación oficial
- Número de Seguridad Social
- CURP
- Fotografía Infantil
- Comprobante de domicilio
- Acta de nacimiento del asegurado(a)
Hijos:
- Identificación oficial
- Número de Seguridad Social
- CURP
- Fotografía Infantil
- Comprobante de domicilio
- Acta de nacimiento o acta de adopción o acta de reconocimiento