CELAYA, Gto.- (OEM-Informex).- Las personas físicas que no ganaron hasta 400 mil pesos en el ejercicio fiscal 2022, no tienen la obligación de presentar ante Hacienda su declaración anual. Pero las personas que obtuvieron ingresos mayores a los 400 mil pesos anuales, o que en un ejercicio fiscal tuvieron dos trabajos, o dos patrones diferentes, aun cuando no hayan llegado a 400 mil pesos anuales, tendrán que presentar su declaración anual.
Así lo informó Gonzalo Hernández Hernández, quien resaltó que Hacienda aumentó para este 2023 las nuevas tarifas del impuesto sobre la renta para personas físicas de diferentes tipos de actividades, entre el 5 al 8%, dependiendo los ingresos obtenidos en el ejercicio fiscal 2022.
Gonzalo Hernández, presidente de la Asociación de Empresarios de la Zona Industrial de Apaseo el Grande A.C., precisó que la Secretaría de Hacienda, a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT), determina las nuevas tarifas sobre el impuesto sobre la renta para personas físicas de diferentes tipos de actividades, las cuales, para este año, han seguido aumentando entre el 5 al 8%, dependiendo los ingresos del año pasado.
“Si en el ejercicio fiscal inmediato anterior, 2022, no se tuvieron deducciones personales, como honorarios médicos, funerarios, hospitalarios, primas de seguros de accidente o salud, intereses de créditos hipotecarios, no van a poder deducir más el Impuesto Sobre la Renta que les vaya a causar”, enfatizó.
Resaltó que es una realidad que sigue aumentando la tabla de tarifa, y reconoció que es alto el porcentaje de personas físicas las que están registradas en el SAT, que tienen una actividad preponderante, que generan una actividad y por lo tanto generan economía.
Expuso que el gobierno federal había prometido no incrementar impuestos, pero sí lo está haciendo a través de las nuevas determinaciones correspondientes de tablas y tarifas que van en aumento.
Ante estas piedras en el camino que arroja Hacienda, el director general de 2HConsulting recomendó a las personas físicas ser muy responsable y disciplinado en el tema de los ingresos como en la cuestión correspondiente de las deducciones personales.
“Eso es muy importante, porque muchas de las veces no estamos acostumbrados a ser disciplinados. Es decir, voy al dentista, y yo tengo la obligación de solicitar mi factura porque estoy pagando por los medios electrónicos correspondientes, solicitar la factura y que evidentemente facturen los servicios médicos que se solicitaron. Ir con el pediatra o hematólogo, o si hay una hospitalización, solicitar las facturas para que en un momento dado se hagan valer ante el SAT”, recomendó.
Dijo que ante la falta de dichos hábitos por solicitar las facturas, complica más la operación, y correspondientemente la determinación del Impuesto Sobre la Renta a pagar.
Explicó que las personas físicas pueden ser médicos, empresarios o profesionistas que tienen una actividad preponderante, pero también puede ser un carpintero, un herrero, un técnico de un taller mecánico.
“Pero hay que ver el régimen en el cual está la persona, porque a partir del ejercicio anterior, empezó el Régimen Fiscal de Confianza, y tiene una determinación representante importante y hay que analizar”, contextualizó.
Recomendó a todas las personas físicas acudir con un especialista, y hay que acercarse a los contadores públicos que cada año tienen capacitación permanente, como una obligatoriedad como contador público certificado.
“Eso nos obliga a seguir siendo y estar capacitados dentro de todo el ejercicio fiscal, para seguir determinando y continuar asesorando con altos estándares de calidad y conocimiento”, señaló.
Con el fin de que las personas físicas tengan una referencia para quien acudir en caso de solicitar alguna asesoría, dispuso el teléfono y correo de 2HConsulting: celular 461 143 05 95, y 461 614 59 88, y 461 614 56 11; cpcgonzo@2hconsulting.com.mx