/ jueves 17 de febrero de 2022

Lavado de dinero podría penalizar a empresarios con hasta 2 mdp

Las empresas tendrán que ser muy cuidadosas en dar puntual seguimiento a la nueva Reforma Fiscal en México, para evitar ser sancionados

El incumplimiento de las nuevas reformas que están enfocadas a regular, combatir, prevenir el lavado de dinero en México, puede penalizar a empresarios con una multa de hasta 2 millones de pesos, misma que establece el Código Fiscal de la Federación, informó Antonio Barragán, asesor Financiero de la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex).

Las multas que establece el Código Fiscal de la Federación para todas las empresas micro, para las medianas, para las grandes, es decir de todos los tamaños, de todos los sectores, en caso de incumplir con estas nuevas obligaciones relacionadas con la figura del beneficiario controlador, al que incumpla pueden venir multas de entre 1 millón y medio de pesos a 2 millones de pesos por cada expediente que no tengamos”, dijo.

Informó que en la nueva Reforma Fiscal 2022 se añadieron dos artículos al Código Tributario denominados 84-M y 84-N, mismos que prevén los supuestos de infracciones y sanciones en materia de beneficiario de controlador, figura que a partir del 01 de enero del año en curso todas las personas morales, fideicomisos y otras figuras jurídicas, tendrán que registrar ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Las sanciones van en los siguientes señalamientos:

  • De no obtener, no conservar o no presentar la información de los beneficiarios controladores, la sanción irá de 1 millón 500 mil pesos a 2 millones de pesos por cada beneficiario controlador que forme parte de la persona moral, fideicomiso o figura jurídica de que se trate.
  • El no mantener actualizada la información relativa a los beneficiarios controladores la multa va de los 800 mil a 1 millón de pesos por cada beneficiarios controlador que forme parte de la persona moral, fideicomiso o figura jurídica de que se trate.
  • Presentar la información de los beneficiarios controladores de forma incompleta, inexacta con errores o en forma indistinta a lo señalado en las disposiciones aplicables, con multa de 500 mil a 800 mil pesos por cada beneficiario.

Por cada información que me falta, por cada expediente que no le presente al Servicio de Administración Tributaria, cuando me lo requiera o dentro del plazo que tengo por ley para entregar esta información a partir de que surge efecto dicho requerimiento la multa puede ser cuantiosa, en estas obligaciones no hay distinción”, expresó.

Explicó que el beneficiario controlador es una figura que a nivel internacional se ha propuesto regular dado que es parte de una tipología, una técnica que utiliza el crimen organizado o quienes pretenden lavar dinero, al tener recursos procedentes de alguna actividad ilícita, por lo que la nueva Reforma busca regular quién es la persona física que está detrás de las personas morales, que son quienes aportan recursos a las personas morales para conformar su capital moral.

Por lo anterior recomendó a las empresas blindarse de las sanciones y dar cumplimiento a las indicaciones del SAT para evitar el lavado de dinero con técnicas financieras irregulares, así como el contar con el registro actualizado de los beneficiarios controladores, quienes tienen que ser personas físicas, para de esa manera evitar tener problemas financieros.

El incumplimiento de las nuevas reformas que están enfocadas a regular, combatir, prevenir el lavado de dinero en México, puede penalizar a empresarios con una multa de hasta 2 millones de pesos, misma que establece el Código Fiscal de la Federación, informó Antonio Barragán, asesor Financiero de la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex).

Las multas que establece el Código Fiscal de la Federación para todas las empresas micro, para las medianas, para las grandes, es decir de todos los tamaños, de todos los sectores, en caso de incumplir con estas nuevas obligaciones relacionadas con la figura del beneficiario controlador, al que incumpla pueden venir multas de entre 1 millón y medio de pesos a 2 millones de pesos por cada expediente que no tengamos”, dijo.

Informó que en la nueva Reforma Fiscal 2022 se añadieron dos artículos al Código Tributario denominados 84-M y 84-N, mismos que prevén los supuestos de infracciones y sanciones en materia de beneficiario de controlador, figura que a partir del 01 de enero del año en curso todas las personas morales, fideicomisos y otras figuras jurídicas, tendrán que registrar ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Las sanciones van en los siguientes señalamientos:

  • De no obtener, no conservar o no presentar la información de los beneficiarios controladores, la sanción irá de 1 millón 500 mil pesos a 2 millones de pesos por cada beneficiario controlador que forme parte de la persona moral, fideicomiso o figura jurídica de que se trate.
  • El no mantener actualizada la información relativa a los beneficiarios controladores la multa va de los 800 mil a 1 millón de pesos por cada beneficiarios controlador que forme parte de la persona moral, fideicomiso o figura jurídica de que se trate.
  • Presentar la información de los beneficiarios controladores de forma incompleta, inexacta con errores o en forma indistinta a lo señalado en las disposiciones aplicables, con multa de 500 mil a 800 mil pesos por cada beneficiario.

Por cada información que me falta, por cada expediente que no le presente al Servicio de Administración Tributaria, cuando me lo requiera o dentro del plazo que tengo por ley para entregar esta información a partir de que surge efecto dicho requerimiento la multa puede ser cuantiosa, en estas obligaciones no hay distinción”, expresó.

Explicó que el beneficiario controlador es una figura que a nivel internacional se ha propuesto regular dado que es parte de una tipología, una técnica que utiliza el crimen organizado o quienes pretenden lavar dinero, al tener recursos procedentes de alguna actividad ilícita, por lo que la nueva Reforma busca regular quién es la persona física que está detrás de las personas morales, que son quienes aportan recursos a las personas morales para conformar su capital moral.

Por lo anterior recomendó a las empresas blindarse de las sanciones y dar cumplimiento a las indicaciones del SAT para evitar el lavado de dinero con técnicas financieras irregulares, así como el contar con el registro actualizado de los beneficiarios controladores, quienes tienen que ser personas físicas, para de esa manera evitar tener problemas financieros.

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