/ martes 13 de octubre de 2020

Legisla Cristina Márquez a favor de las mujeres

Como presidenta de la Comisión de Justicia del Congreso, le han tocado temas de relevancia para modificar los Códigos Penal y Civil del Estado

Ya está vigente en nuestro estado una reforma al Código Civil que permite que una madre a quien el padre de su hijo no le quiere dar alimentos (manutención, comida, ropa y escuela), esta mujer puede demandarlo para cobrar dichos conceptos desde el momento en que fue concebido su hijo.


Y es que el Congreso local aprobó una modificación muy novedosa que consistió en aplicar la retroactividad de la entrega de alimentos a los hijos desde el momento de la concepción. Los alimentos es la obligación que tiene un padre de mantener a sus hijos.

“Esto es con el fin de ayudar a las mujeres que se quedan embarazadas y el hombre desaparece”, explicó la diputada local Cristina Márquez Alcalá, presidenta de la Comisión de Justicia de la Legislatura local, en entrevista con la Organización Editorial Mexicana (OEM).

Precisó que los artículos que se añadieron al artículo fueron: “Cuando se declare judicialmente la paternidad se genera, entre otros derechos, alimentos retroactivos desde el momento de la concepción.

De ello puede prevalerse el interesado a cualquier edad. El monto retroactivo de los alimentos será fijado por el juez

“Para que cuando se reclame la pensión alimenticia, se genera una deuda desde el momento de la concepción. Entonces abarca cuestiones como el cuidado médico del propio embarazo, el periodo de la niñez y lo que haya pasado de todo el periodo que no cubrió".

“Creo que esto es muy importante para los derechos de los niños, niñas y adolescentes, porque al final es una garantía de subsistencia. Es para poder apoyar a algunas mujeres que están embarazadas".

“Vas a las colonias y se acerca un gran número de mujeres, de señoras, de mamás que se acercan con esta preocupación y nos dicen ¿qué hago? ayúdennos. Entonces esto es una forma en la que podemos apoyarles con mayor certeza”.

⬇️Da clic aquí⬇️

En la entrevista, la diputada local del PAN enumeró las principales reformas cuyas iniciativas presentó dicha fracción, que ha dictaminado la comisión que preside, que posteriormente han sido aprobadas por el pleno del Congreso local durante el pasado año legislativo y que ya se encuentran vigentes.

Ampliaron los supuestos para feminicidio

Una de las reformas más relevantes fue la del Código Penal que agregó nuevos supuestos que debe cumplir el homicidio de una mujer para tipificarse como feminicidio.

Uno de ellos fue que el cuerpo de la víctima quede expuesto también dentro de una casa, porque el tipo penal anterior establecía que quedara expuesto en la vía pública.

“Como sabemos, la violencia feminicida se da entre cuatro paredes”, señaló.

“No tocamos la pena, que sigue siendo de las más altas”, es decir, 60 años de prisión.

Se agregó además que si un servidor público entorpece las investigaciones de este delito, será investigado a su vez.

Otra reforma al Código Penal, aprobada hace dos semanas por los diputados locales, fue que no prescriban los delitos de homicidio, feminicidio, violación y abusos sexuales, para dar oportunidad a las víctimas de presentar la denuncia aún cuando haya pasado muchos años de cometido el hecho.

“Una violación pasa determinado tiempo y cuando por fin la víctima se siente con el valor y con la necesidad de presentar una denuncia, prescribe el delito y se deja de investigar. Entonces no queremos impunidad, establecimos la imprescriptibilidad de esos delitos para que en cualquier momento se ponga la denuncia, se siga el procedimiento, se haga la investigación y se sancione a quien sea el responsable”.

Castigan el hackeo

Cristina Márquez añadió que recientemente la Comisión de Justicia aprobó el dictamen para crear dos delitos informáticos, ambos se refieren a que “haciendo uso de la tecnología, de herramientas tecnológicas, ingrese a bases de datos para destruir, modificar, compartir, invalidar con el objeto de hacerse de un bien ilícito”.

La segunda parte del delito es que lo cometan funcionarios públicos, por la trascendencia del hecho. La pena mínima será de un año y la máxima de hasta 6 años.

Ya está vigente en nuestro estado una reforma al Código Civil que permite que una madre a quien el padre de su hijo no le quiere dar alimentos (manutención, comida, ropa y escuela), esta mujer puede demandarlo para cobrar dichos conceptos desde el momento en que fue concebido su hijo.


Y es que el Congreso local aprobó una modificación muy novedosa que consistió en aplicar la retroactividad de la entrega de alimentos a los hijos desde el momento de la concepción. Los alimentos es la obligación que tiene un padre de mantener a sus hijos.

“Esto es con el fin de ayudar a las mujeres que se quedan embarazadas y el hombre desaparece”, explicó la diputada local Cristina Márquez Alcalá, presidenta de la Comisión de Justicia de la Legislatura local, en entrevista con la Organización Editorial Mexicana (OEM).

Precisó que los artículos que se añadieron al artículo fueron: “Cuando se declare judicialmente la paternidad se genera, entre otros derechos, alimentos retroactivos desde el momento de la concepción.

De ello puede prevalerse el interesado a cualquier edad. El monto retroactivo de los alimentos será fijado por el juez

“Para que cuando se reclame la pensión alimenticia, se genera una deuda desde el momento de la concepción. Entonces abarca cuestiones como el cuidado médico del propio embarazo, el periodo de la niñez y lo que haya pasado de todo el periodo que no cubrió".

“Creo que esto es muy importante para los derechos de los niños, niñas y adolescentes, porque al final es una garantía de subsistencia. Es para poder apoyar a algunas mujeres que están embarazadas".

“Vas a las colonias y se acerca un gran número de mujeres, de señoras, de mamás que se acercan con esta preocupación y nos dicen ¿qué hago? ayúdennos. Entonces esto es una forma en la que podemos apoyarles con mayor certeza”.

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En la entrevista, la diputada local del PAN enumeró las principales reformas cuyas iniciativas presentó dicha fracción, que ha dictaminado la comisión que preside, que posteriormente han sido aprobadas por el pleno del Congreso local durante el pasado año legislativo y que ya se encuentran vigentes.

Ampliaron los supuestos para feminicidio

Una de las reformas más relevantes fue la del Código Penal que agregó nuevos supuestos que debe cumplir el homicidio de una mujer para tipificarse como feminicidio.

Uno de ellos fue que el cuerpo de la víctima quede expuesto también dentro de una casa, porque el tipo penal anterior establecía que quedara expuesto en la vía pública.

“Como sabemos, la violencia feminicida se da entre cuatro paredes”, señaló.

“No tocamos la pena, que sigue siendo de las más altas”, es decir, 60 años de prisión.

Se agregó además que si un servidor público entorpece las investigaciones de este delito, será investigado a su vez.

Otra reforma al Código Penal, aprobada hace dos semanas por los diputados locales, fue que no prescriban los delitos de homicidio, feminicidio, violación y abusos sexuales, para dar oportunidad a las víctimas de presentar la denuncia aún cuando haya pasado muchos años de cometido el hecho.

“Una violación pasa determinado tiempo y cuando por fin la víctima se siente con el valor y con la necesidad de presentar una denuncia, prescribe el delito y se deja de investigar. Entonces no queremos impunidad, establecimos la imprescriptibilidad de esos delitos para que en cualquier momento se ponga la denuncia, se siga el procedimiento, se haga la investigación y se sancione a quien sea el responsable”.

Castigan el hackeo

Cristina Márquez añadió que recientemente la Comisión de Justicia aprobó el dictamen para crear dos delitos informáticos, ambos se refieren a que “haciendo uso de la tecnología, de herramientas tecnológicas, ingrese a bases de datos para destruir, modificar, compartir, invalidar con el objeto de hacerse de un bien ilícito”.

La segunda parte del delito es que lo cometan funcionarios públicos, por la trascendencia del hecho. La pena mínima será de un año y la máxima de hasta 6 años.

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