/ miércoles 10 de febrero de 2021

México puede detonar una industria de cannabis medicinal de 700 mdd

Este mercado sería un aliciente para millones de pacientes con varias enfermedades crónicas

El reglamento publicado el pasado 12 de enero que regula producción, investigación y uso medicinal del cannabis puede significar para México un mercado potencial de entre 600 y 700 millones de dólares al año y tratar a 21 millones de pacientes que padecen dolor crónico, articular y de espalda baja, afirma Juan Carlos Castillo Torres, socio fundador y director de la firma CG&A, Legal y Asuntos Públicos.

En entrevista a El Sol de México, el abogado experto en regulación sanitaria considera que el reglamento representa un gran avance porque brinda certeza jurídica para que nuestro país se convierta en un lugar atractivo para invertir en esta industria.

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“Hay la posibilidad de que México se convierta en un desarrollador importante de productos medicinales de cannabis… Después entrar a la etapa industrial medicinal, producirlas, distribuirlas, comercializarlas al interior del país y por supuesto exportarlas”, detalla.

La creación de este mercado sería un aliciente para millones de pacientes con distintas enfermedades, especialmente quienes requieren de medicamentos para tratar enfermedades musculo-esqueléticas, epilepsia o dolor.

Sólo en este último caso “había una deuda con pacientes que han sufrido mucho en materia de dolor”, indica Castillo Torres. Detalla que en México hay tres millones que padecen de dolores agudos producto en algunos casos de enfermedades como el cáncer. También hay al menos ocho millones con dolor de espalda baja y otros 10 millones con dolor articular.

“Si hacemos la suma, podemos decir que hoy en día hay 21 millones de mexicanos con dolor que se pueden tratar a través de este tipo de medicamentos derivados del cannabis”, estima el abogado.

El reglamento publicado el mes pasado en el Diario Oficial de la Federación es resultado de una reforma a la Ley General de Salud y al Código Penal Federal en 2017. Sin embargo, tuvieron que pasar poco más de tres años para que el país contara con reglas claras que dieran certeza y claridad a la producción, investigación y uso de la mariguana con fines medicinales.

El reglamento regula las acciones de investigación para la salud; investigación farmacológica; fabricación de derivados farmacológicos y médicos (diagnósticos, preventivos, terapéuticos, de rehabilitación y cuidados paliativos), y la producción primaria para abastecer la fabricación médica y generar materia prima para realizar investigaciones y producción de semillas.

Foto: Especial

Toca desde la siembra, el cultivo y la cosecha de la semilla para fines medicinales hasta todo el proceso de la cadena de valor para poder terminar productos y exportarlos.

Un elemento que destaca Castillo es que el reglamento permite la importación de semillas y productos que tengan efectos farmacológicos, pero sólo autoriza la exportación de productos terminados o de materia prima como aceite, mas no de semillas. Esto, señala, es para impulsar la industria nacional y que México sea productor de derivados de la mariguana.

“La idea es que si quieren comprarle a México, pues que le compren productos terminados… Hay una intención clara en mantener y privilegiar el mercado mexicano de producción, desde origen, de la semilla del cannabis, para entonces permitir que México se convierta en un exportador de productos derivados del cannabis”.

Aunque el reglamento representa un gran avance, el abogado considera que tiene detalles que se pueden ir puliendo conforme pase el tiempo.

Durante la entrevista señala al menos tres puntos que deben considerarse. Uno es que debe ser “un poco más incluyente” para dar posibilidad a los pequeños productores que se integren a la cadena de valor ya que ellos traen el know-how para sembrar, cultivar y cosechar la semilla.

El segundo es que “no hay claridad del tratamiento que se le va a dar al THC”, que es la sustancia psicoactiva de la planta. “Hay una definición ahí conceptual, pero no te dice cuándo aplica”.

Y finalmente quedan en el limbo legal otros usos que tiene la planta, como el cosmético o alimentario, que tienen impacto en la salud, pero no necesariamente efectos farmacológicos, que es la premisa fundamental del reglamento respecto a su espectro de regulación.

“No está todavía claro cómo va a ser el tratamiento que darán las autoridades de la administración pública respecto a ese tema. En principio no está considerado en el reglamento, pero tampoco hay una prohibición expresa. Pero si nos vamos a las definiciones conceptuales de este tipo de productos, ahí es donde nos encontramos con la barrera. (Los cosméticos) son aquellos productos que tienen algún beneficio pero no tienen efectos farmacológicos, y el reglamento te dice que éste aplica únicamente a aquellos productos que tengan efectos farmacológicos. Entonces de facto están excluidos”.

El especialista espera que estos dos rubros queden considerados en las leyes secundarias que eventualmente surjan de la aprobación de la reforma que actualmente se gesta en el Congreso para permitir el uso lúdico o adulto de la planta. Esta última reforma ya fue aprobada por el Senado de la República el pasado 19 de noviembre y se espera que la Cámara de Diputados la discuta en su nuevo periodo ordinario de sesiones que inició el 1 de febrero.

El reglamento publicado el pasado 12 de enero que regula producción, investigación y uso medicinal del cannabis puede significar para México un mercado potencial de entre 600 y 700 millones de dólares al año y tratar a 21 millones de pacientes que padecen dolor crónico, articular y de espalda baja, afirma Juan Carlos Castillo Torres, socio fundador y director de la firma CG&A, Legal y Asuntos Públicos.

En entrevista a El Sol de México, el abogado experto en regulación sanitaria considera que el reglamento representa un gran avance porque brinda certeza jurídica para que nuestro país se convierta en un lugar atractivo para invertir en esta industria.

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“Hay la posibilidad de que México se convierta en un desarrollador importante de productos medicinales de cannabis… Después entrar a la etapa industrial medicinal, producirlas, distribuirlas, comercializarlas al interior del país y por supuesto exportarlas”, detalla.

La creación de este mercado sería un aliciente para millones de pacientes con distintas enfermedades, especialmente quienes requieren de medicamentos para tratar enfermedades musculo-esqueléticas, epilepsia o dolor.

Sólo en este último caso “había una deuda con pacientes que han sufrido mucho en materia de dolor”, indica Castillo Torres. Detalla que en México hay tres millones que padecen de dolores agudos producto en algunos casos de enfermedades como el cáncer. También hay al menos ocho millones con dolor de espalda baja y otros 10 millones con dolor articular.

“Si hacemos la suma, podemos decir que hoy en día hay 21 millones de mexicanos con dolor que se pueden tratar a través de este tipo de medicamentos derivados del cannabis”, estima el abogado.

El reglamento publicado el mes pasado en el Diario Oficial de la Federación es resultado de una reforma a la Ley General de Salud y al Código Penal Federal en 2017. Sin embargo, tuvieron que pasar poco más de tres años para que el país contara con reglas claras que dieran certeza y claridad a la producción, investigación y uso de la mariguana con fines medicinales.

El reglamento regula las acciones de investigación para la salud; investigación farmacológica; fabricación de derivados farmacológicos y médicos (diagnósticos, preventivos, terapéuticos, de rehabilitación y cuidados paliativos), y la producción primaria para abastecer la fabricación médica y generar materia prima para realizar investigaciones y producción de semillas.

Foto: Especial

Toca desde la siembra, el cultivo y la cosecha de la semilla para fines medicinales hasta todo el proceso de la cadena de valor para poder terminar productos y exportarlos.

Un elemento que destaca Castillo es que el reglamento permite la importación de semillas y productos que tengan efectos farmacológicos, pero sólo autoriza la exportación de productos terminados o de materia prima como aceite, mas no de semillas. Esto, señala, es para impulsar la industria nacional y que México sea productor de derivados de la mariguana.

“La idea es que si quieren comprarle a México, pues que le compren productos terminados… Hay una intención clara en mantener y privilegiar el mercado mexicano de producción, desde origen, de la semilla del cannabis, para entonces permitir que México se convierta en un exportador de productos derivados del cannabis”.

Aunque el reglamento representa un gran avance, el abogado considera que tiene detalles que se pueden ir puliendo conforme pase el tiempo.

Durante la entrevista señala al menos tres puntos que deben considerarse. Uno es que debe ser “un poco más incluyente” para dar posibilidad a los pequeños productores que se integren a la cadena de valor ya que ellos traen el know-how para sembrar, cultivar y cosechar la semilla.

El segundo es que “no hay claridad del tratamiento que se le va a dar al THC”, que es la sustancia psicoactiva de la planta. “Hay una definición ahí conceptual, pero no te dice cuándo aplica”.

Y finalmente quedan en el limbo legal otros usos que tiene la planta, como el cosmético o alimentario, que tienen impacto en la salud, pero no necesariamente efectos farmacológicos, que es la premisa fundamental del reglamento respecto a su espectro de regulación.

“No está todavía claro cómo va a ser el tratamiento que darán las autoridades de la administración pública respecto a ese tema. En principio no está considerado en el reglamento, pero tampoco hay una prohibición expresa. Pero si nos vamos a las definiciones conceptuales de este tipo de productos, ahí es donde nos encontramos con la barrera. (Los cosméticos) son aquellos productos que tienen algún beneficio pero no tienen efectos farmacológicos, y el reglamento te dice que éste aplica únicamente a aquellos productos que tengan efectos farmacológicos. Entonces de facto están excluidos”.

El especialista espera que estos dos rubros queden considerados en las leyes secundarias que eventualmente surjan de la aprobación de la reforma que actualmente se gesta en el Congreso para permitir el uso lúdico o adulto de la planta. Esta última reforma ya fue aprobada por el Senado de la República el pasado 19 de noviembre y se espera que la Cámara de Diputados la discuta en su nuevo periodo ordinario de sesiones que inició el 1 de febrero.

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